COLECCIÓN DE RECURSOS
Compensación de trabajadores
Beneficio para trabajadores de la Ciudad lesionados en el trabajo.
Este es un beneficio obligatorio por el estado para los trabajadores lesionados en el trabajo.
Los empleados elegibles para la Compensación para Trabajadores pueden tener derecho a licencia, tratamiento médico, pagos por discapacidad temporal y/o permanente y vales complementarios por desplazamiento laboral.
Los beneficios de compensación laboral exigidos por el estado incluyen:
- Se requiere razonablemente tratamiento médico para ayudar a recuperarse de los efectos de la lesión.
- Pagos por incapacidad temporal si un trabajador lesionado pierde tiempo de trabajo debido a la lesión. La tasa de incapacidad temporal es 2/3 del salario del empleado hasta una tasa máxima establecida por ley. Para lesiones a partir del 1 de enero de 2025, la tasa semanal máxima es de $1680.29 . Sin embargo, algunas clases de empleados, como oficiales de policía, bomberos, paramédicos, agentes del sheriff, investigadores del fiscal de distrito, consejeros juveniles y maestros pueden recibir un salario completo en lugar de los beneficios por incapacidad temporal cuando quedan discapacitados por una lesión relacionada con el trabajo. Además, un empleado de la ciudad que queda discapacitado como resultado de una agresión en el desempeño de su trabajo puede tener derecho a un pago por agresión con salario completo en lugar de los pagos por incapacidad temporal.
- Pagos por incapacidad permanente si un trabajador lesionado sufre una incapacidad permanente como resultado de una lesión laboral. Los montos de los beneficios se establecen por ley en función de la gravedad de la incapacidad.
- Existen vales complementarios por desplazamiento laboral si el trabajador lesionado no puede regresar al trabajo que tenía en el momento de la lesión.
- Los beneficios por muerte se otorgan a un cónyuge o dependiente en caso de una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo que resulte en muerte.
Documentos
Under California law, all employers in the State of California must provide workers’ compensation benefits to employees who have suffered a work-related injury or illness. The benefits include both medical care and disability benefits to help cover lost wages through a no-fault system and at no cost to the injured or ill worker.
California Labor Code 3551 requires that all new employees be provided a “time of hire” document at time of hire. This notice is required to be distributed to all new employees at the time of hire, including at any New Employee Orientation (NEO) to ensure all employees are advised of their Workers Compensation rights and benefits available.
In October 2024, Governor Newsom signed AB1870, which amended LC section 3550 to include language in the DWC-7 (Notice to Employee – Injuries Caused by Work) to advise injured employees of their right to obtain an attorney and note that ‘in most instances, attorney’s fees will be paid from an injured employee’s recovery.’ As such, the state then updated the required notice forms accordingly.
Please find attached the necessary Notice of Injury notices for use - Workers Compensation Division. This notice is to be posted in conspicuous places frequented by employees.
Please find attached the necessary Notice of Injury notices for use – Intercare. This notice is to be posted in conspicuous places frequented by employees.