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Preguntas frecuentes sobre propiedad personal comercial

Esta página describe las respuestas a preguntas frecuentes sobre propiedad personal comercial.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la tasa de impuestos y cuándo recibiré mi factura? 

La tasa impositiva para el año de gravamen 2024 es del 1,1777 %. La Oficina del Tesorero y Recaudador de Impuestos enviará por correo las facturas de impuestos de las propiedades no garantizadas a los contribuyentes en julio de 2024, y los pagos deberán realizarse antes del 31 de agosto de 2024. ( Ley de CA, § 2922 Rev. & Tax. Code )

Si presenta su declaración de propiedad comercial a tiempo, debería recibir su factura a fines de julio. El pago vence el 31 de agosto o antes y se convierte en moroso después de esa fecha y estará sujeto a cargos por pagos atrasados. 

  • Si el propietario de la empresa también es propietario del edificio en el que se encuentra la empresa, el impuesto sobre la propiedad comercial se incluirá en la factura de impuestos garantizada. La factura de impuestos garantizada se envía a fines de octubre y el primer pago vence el 1 de noviembre.
  • La tasación de una propiedad es responsabilidad de la oficina del tasador. Nuestra oficina puede responder preguntas sobre cómo se determinó su tasación fiscal.
  • Las facturas de impuestos son responsabilidad de la oficina del Tesorero y del Recaudador de Impuestos. Dirija sus preguntas sobre facturación y pago a la Oficina del Recaudador de Impuestos. El sitio web del Recaudador de Impuestos es www.sftreasurer.org.

Recibí mi factura de impuestos no garantizada y no entiendo por qué la factura de impuestos aumentaría con respecto al año anterior. 

Las razones comunes por las que una factura de impuestos no garantizada puede haber aumentado con respecto al año anterior incluyen:

  • Las mejoras de arrendamiento adquiridas después de 2012 aumentan de valor según la Proposición 13 (a diferencia de la mayoría de los demás activos inmobiliarios no garantizados que se deprecian en valor)
  • Se agregó una multa del 10 % según el Código R&T, sección 463, a la evaluación de la propiedad no garantizada porque el contribuyente estaba obligado a presentar la declaración pero no lo hizo o lo hizo tarde.
  • Un valor estimado fue la base de la tasación de la propiedad no garantizada porque el contribuyente estaba obligado a presentar una declaración pero no lo hizo. Se utilizó el criterio de tasación para tasar el valor estimado
  • Se adquirieron activos comerciales adicionales
  • La tasa impositiva puede haber aumentado

¿Mis activos comerciales están sujetos a impuestos y bajo qué autoridad, o mi propiedad personal califica para una ordenanza de exención de bajo valor? 

La Constitución del Estado dice que todas las propiedades están sujetas al impuesto sobre la propiedad a menos que estén exentas. La mayoría de las personas están familiarizadas con los impuestos sobre la propiedad de sus hogares. Los activos de una empresa también están sujetos a evaluación e impuestos. La Sección 201 del Código de Ingresos e Impuestos de California establece que “Todas las propiedades en este Estado, no exentas según las leyes de los Estados Unidos o de este Estado, están sujetas a impuestos según este código”. Código de Impuestos y Rentas, Sec. 441(a) 

Cada persona que posea bienes personales sujetos a impuestos, que no sean casas prefabricadas sujetas a la Parte 13 (comenzando con la Sección 5800), con un costo total de cien mil dólares ($100,000) o más para cualquier año de evaluación, deberá presentar una declaración de propiedad firmada ante el tasador.

Toda persona que posea bienes personales que no requieran la presentación de una declaración de propiedad o bienes inmuebles deberá, a pedido del tasador, presentar una declaración de propiedad firmada. El hecho de que el tasador no solicite o no obtenga la declaración de propiedad no invalidará ninguna tasación.

Es posible que no haya presentado el Formulario 571-L en años anteriores porque el valor de su propiedad personal comercial no ha excedido los $4,000 ( exento según la Ordenanza 308-97 de la Ciudad de San Francisco )

Es posible que deba presentar el Formulario 571-L este año si la información comercial ha cambiado.

¿Cuál es la fecha del gravamen y cuándo se valora la propiedad personal comercial?

El 1 de enero a las 12:01 a. m. es la fecha de gravamen actual en California. 

Los propietarios en la fecha del gravamen aparecen como el contribuyente registrado en las facturas de impuestos emitidas después de esa fecha del gravamen hasta que se emitan facturas de impuestos después de la siguiente fecha del gravamen. Poner un gravamen contra alguien o su propiedad es una forma de "vincular" esa propiedad para mostrar una obligación que ese propietario debe a la persona que tiene el gravamen. En este caso, la obligación es pagar los impuestos y la "persona" que tiene el gravamen es la entidad impositiva. Los impuestos a la propiedad no garantizados sobre barcos, aeronaves, propiedades comerciales no garantizadas e intereses posesorios generalmente no se prorratean cuando hay una transferencia. Por lo tanto, alguien que vende un barco en febrero que poseía el 1 de enero todavía es responsable de los impuestos a la propiedad para el año fiscal que comienza el 1 de julio después de ese febrero y se extiende hasta el 30 de junio del siguiente año calendario. Las personas que venden su barco o aeronave entre el 1 de enero y cuando se emite la factura, deben cobrar la cantidad esperada de impuestos del comprador. Lo contrario ocurre si alguien compra un barco o una aeronave después del 1 de enero. No recibirá una factura regular hasta julio siguiente al enero siguiente a la compra. Los impuestos sobre la propiedad garantizados sobre bienes inmuebles, como terrenos, casas, estructuras comerciales/industriales y ranchos/viñedos, generalmente se prorratean en depósito en garantía a partir de la fecha de la transferencia. La fecha del gravamen no tiene un impacto significativo en estas transacciones. Sin embargo, la fecha del gravamen es importante porque las revisiones de la disminución del valor se realizan a partir de la fecha del gravamen, que establece el valor para el próximo año fiscal.

En resumen, a diferencia de los bienes inmuebles, los bienes personales comerciales se tasan anualmente. Los propietarios de todas las empresas deben presentar una declaración de propiedad comercial cada año ante la Oficina del Tasador, en la que se detalle el costo de todos sus suministros, equipos y accesorios en cada ubicación. Esto es obligatorio a menos que la Oficina del Tasador ya haya establecido el valor de la propiedad comercial y enviado una notificación de "facturación directa" o "exención por bajo valor". El inventario comercial está exento de impuestos.

¿Existe alguna propiedad que esté exenta o que no tenga que declarar en mi Declaración de propiedad comercial? 

A continuación se enumeran algunos artículos exentos comunes que no se deben declarar:

  • Inventario de empresas (Código de ingresos y tributación 129)
  • Software de aplicación (Reglamento 152 sobre impuestos sobre la propiedad) 
  • Vehículos motorizados autorizados (Código R&T 10751) 
  • Los primeros $50,000 de herramientas manuales propiedad de los empleados (Código R&T 241)

¿Las organizaciones sin fines de lucro y religiosas deben presentar declaraciones anuales de propiedad comercial? 

Sí. Las leyes de presentación se aplican a las organizaciones sin fines de lucro, incluidas las organizaciones religiosas, que pueden calificar para exenciones de impuestos a la propiedad.

En resumen, los códigos R&T establecen:

  • Sección 441 donde cualquier propietario con costos de propiedad personal totales de $100,000 o más debe presentar la declaración 571-L con vencimiento antes del 7 de mayo sin penalidad (sección 463) ante el evaluador.
  • Sección 267 , donde el propietario de la propiedad puede presentar un formulario de reclamo para eximir el valor que se informará en la declaración anual 571-L del propietario de la propiedad al tasador. Por lo tanto, para recibir la exención del valor, el propietario de la propiedad debe completar tanto el formulario de reclamo de exención como la presentación de la declaración 571-L para cada propiedad.

Las 2 reglas del código R&T anteriores se relacionan con el requisito de informe anual 801/802, que se aplica a los evaluadores, donde deben informar anualmente a la Junta de Igualación de California sobre todos los valores de propiedad personal comercial y valores de exención, según lo evaluado en su condado.

Para obtener más información, comuníquese con nuestra oficina y pregunte por la División de Exenciones de la Oficina del Tasador.

Todo el equipo que uso en mi negocio me lo regalaron y no sé qué declarar en mi declaración de propiedad.

Los equipos que le regalen para que los utilice en su negocio están sujetos a impuestos y deben declararse en la declaración de propiedad. Si no conoce el costo del equipo o el año de adquisición, proporcione una buena descripción que incluya la marca y el modelo y el estado general de cada equipo.

No soy dueño de nada y alquilo todo mi equipo; ¿aún tengo que presentar la declaración? 

Sí. Debe informar esta información en la Parte III de la declaración para que el evaluador pueda localizar y evaluar adecuadamente al propietario real del equipo. Sin embargo, si posee algún equipo pequeño, como impresora, fotocopiadora, suministros, etc., que esté utilizando en la empresa, debe informar estos costos en la Parte II de la declaración.

Si no se presenta la declaración, ¿cómo se determina mi valor tasado? 

La Oficina del Tasador-Registrador, según lo dispuesto por la ley estatal, determinará un valor tasable. Además, se agregará a su tasación una multa del 10 % por no presentar la declaración (Código de Registro y Tasación, Secciones 441, 463 y 501).

¿Quién puede firmar la declaración?

El propietario o un agente autorizado puede firmar la declaración. Cuando la firma un agente o empleado que no sea miembro del colegio de abogados, un contador público certificado, un agente registrado o un fiduciario debidamente designado, la autorización por escrito del tasado para que el agente o empleado firme debe presentarse ante el tasador. 

La firma de la autorización debe ser original, no copia de fax. En el caso de un contribuyente corporativo, la declaración debe estar firmada por un funcionario o por un empleado o agente que la junta directiva haya designado por escrito. 

Una declaración de propiedad que no esté debidamente firmada de acuerdo con las instrucciones anteriores no constituye una presentación válida y puede estar sujeta a la multa del 10 % por falta de presentación.

¿La declaración de bienes personales de la empresa está sujeta a auditoría? 

Sí, la declaración está sujeta a auditoría por parte de la Oficina del Tasador-Registrador. La Oficina del Tasador-Registrador tiene la facultad discrecional de auditar a las empresas para fomentar la presentación de informes precisos y adecuados sobre los bienes personales. La ley estatal también exige auditorías de la BPP. 

Ya he completado y enviado mi declaración de propiedad comercial y ahora me doy cuenta de que tengo que modificarla. ¿Qué debo hacer? 

Deberá volver a enviar o presentar una nueva declaración con toda la identificación preimpresa que figuraba en la declaración inicial. Indique que se trata de una “COPIA MODIFICADA” de la declaración que presentó anteriormente. 

Si es necesario, puede llamar a la oficina y solicitar otra declaración. Las declaraciones que se presentaron a tiempo pueden modificarse sin penalización hasta el 31 de mayo (Código R&T, Sec. 441 (i)).

Cerré o vendí mi negocio después de la fecha del gravamen; ¿aún tengo que presentar la declaración?

Debe presentar su declaración si su notificación de presentación anual del BPP indica que es obligatorio presentarla. Debe comunicarse con nuestra Oficina para actualizar los registros y analizar los requisitos de presentación.

Mi empresa se ha mudado a una nueva ubicación después de la fecha del gravamen; ¿aún tengo que presentar la declaración?

Si se mudó a otro condado antes del 1 de enero, haga una anotación en la declaración indicando que se mudó fuera del condado. Envíe la declaración por correo a la dirección indicada en el formulario y comuníquese con el nuevo condado para solicitar una Declaración de propiedad comercial.

No estuve abierto al público el 1 de enero; ¿aún tengo que completar la declaración?

No, no es necesario que presente el formulario, pero sí debe notificar a la oficina del tasador que el negocio ha cerrado y la fecha de cierre. Si no lo hace, es posible que el tasador no esté al tanto de ese hecho y continúe tasando la propiedad a pesar de sus verdaderas circunstancias.

Dejé de operar mi negocio después de la fecha del gravamen; ¿aún tengo que completar la declaración y pagar los impuestos sobre la propiedad personal?

Sí. La ley especifica que todos los bienes personales sujetos a impuestos deben evaluarse a partir de un momento específico en el tiempo, y ese momento es precisamente a las 12:01 a. m. del 1 de enero (independientemente de lo que suceda después de esa fecha). Incluso si se cierra poco después de la fecha del gravamen (1 de enero), una empresa debe presentar una Declaración de propiedad comercial, Formulario 571-L.