SERVICIO
Reporte un aumento de alquiler ilegal o solicite una revisión de su historial de alquiler
Si cree que un aumento de alquiler es ilegal o desea saber si su alquiler actual es legal, puede presentar una petición alegando un aumento de alquiler ilegal y/o solicitando una determinación del alquiler legal.
Qué saber
Elegibilidad
Para solicitar una revisión de su alquiler:
- Debe estar cubierto por la ley de control de alquileres de San Francisco
- Debe completar la Petición de Inquilino y el Formulario "C"
- No hay ningún costo por presentar la petición.
- No hay límite de tiempo para presentar una petición.
¿Qué hacer?
1. Complete la petición del inquilino
Complete las tres páginas del formulario de petición de inquilino
Proporcione la información solicitada sobre su unidad de alquiler.
Proporcione información de contacto suya y de todos los siguientes que correspondan:
- Su abogado o representante
- El propietario del edificio
- El administrador de la propiedad o la empresa de gestión
- El abogado o representante de su propietario
En la página 3, marque la casilla “C” para indicar que está presentando una petición de aumento ilegal del alquiler.
Imprima su nombre, firme y feche la declaración en la parte inferior de la página 3.
2. Complete el Formulario C
Lea atentamente las instrucciones del Formulario C, páginas 1-C, 2-C y 3-C.
Si solo está impugnando un aumento de alquiler a precio de mercado que se impuso de conformidad con la Ley de Vivienda de Alquiler Costa-Hawkins o las Normas y Reglamentos §6.14, no necesita proporcionar su historial de alquiler completo en el Formulario C, página 2-C, pero sí debe completar la Declaración de aumento de alquiler Costa-Hawkins/§6.14 en el Formulario C, página 3-C.
Adjunte documentos a su petición que muestren la fecha y el monto de cualquier aumento de alquiler relevante, como el contrato de arrendamiento original, avisos de aumento de alquiler, recibos de alquiler, recibos de giros postales y/o cheques de alquiler cancelados.
3. Envíe su formulario por correo electrónico, correo postal o en persona.
Envíe su formulario por correo electrónico
rentboard@sfgov.orgSuite #700
San Francisco, CA 94102
4. ¿Qué sucede a continuación?
Una vez que se determina que una petición está completa, la Junta de Alquiler envía una copia de la petición al propietario y a cualquier otra parte nombrada en la petición.
Por lo general, dentro de unos meses después de que se presenta la petición, se programa una audiencia de arbitraje ante un juez administrativo de la Junta de Alquiler. La Junta de Alquiler envía un Aviso de Audiencia a todas las partes y representantes al menos 10 días antes de la fecha de la audiencia.
Las solicitudes de aplazamiento deben presentarse por escrito y se concederán únicamente cuando exista una buena causa, como planes de viaje realizados antes de recibir la Notificación de audiencia. Junto con la solicitud de aplazamiento se deben presentar pruebas de los planes contradictorios.
El proceso de audiencia está diseñado de tal manera que nadie necesita un abogado, aunque las partes tienen derecho a contar con un abogado u otro representante autorizado que las asista en la audiencia. Las partes o sus representantes tienen permitido presentar testimonio y pruebas, y contrainterrogar a las otras partes y a sus testigos. El Juez Administrativo también puede hacer preguntas a las partes y a los testigos para asegurarse de que se expongan todos los hechos pertinentes. El expediente puede mantenerse abierto para la presentación de pruebas adicionales después de la audiencia.
El juez administrativo no puede hablar con nadie en privado sobre el caso ni considerar pruebas que no formen parte del expediente oficial. El juez tampoco puede considerar pruebas que no se notifiquen a las otras partes. Por lo tanto, todas las presentaciones ante el juez administrativo antes y después de la audiencia también deben proporcionarse a las otras partes. Si presenta sus pruebas a la Junta de Alquiler por correo electrónico, es suficiente enviar una copia a la parte contraria en su correo electrónico.
Después de la audiencia, el Juez Administrativo emitirá una decisión por escrito que se enviará por correo a todas las partes y sus representantes. Si no se presenta ninguna apelación, la decisión será definitiva. Si se presenta una apelación, partes de la decisión pueden quedar suspendidas hasta que la Comisión de la Junta de Alquileres actúe sobre la apelación.
Etiquetas: Tema 354
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- No hay ningún costo por presentar la petición.
- No hay límite de tiempo para presentar una petición.
¿Qué hacer?
1. Complete la petición del inquilino
Complete las tres páginas del formulario de petición de inquilino
Proporcione la información solicitada sobre su unidad de alquiler.
Proporcione información de contacto suya y de todos los siguientes que correspondan:
- Su abogado o representante
- El propietario del edificio
- El administrador de la propiedad o la empresa de gestión
- El abogado o representante de su propietario
En la página 3, marque la casilla “C” para indicar que está presentando una petición de aumento ilegal del alquiler.
Imprima su nombre, firme y feche la declaración en la parte inferior de la página 3.
2. Complete el Formulario C
Lea atentamente las instrucciones del Formulario C, páginas 1-C, 2-C y 3-C.
Si solo está impugnando un aumento de alquiler a precio de mercado que se impuso de conformidad con la Ley de Vivienda de Alquiler Costa-Hawkins o las Normas y Reglamentos §6.14, no necesita proporcionar su historial de alquiler completo en el Formulario C, página 2-C, pero sí debe completar la Declaración de aumento de alquiler Costa-Hawkins/§6.14 en el Formulario C, página 3-C.
Adjunte documentos a su petición que muestren la fecha y el monto de cualquier aumento de alquiler relevante, como el contrato de arrendamiento original, avisos de aumento de alquiler, recibos de alquiler, recibos de giros postales y/o cheques de alquiler cancelados.
3. Envíe su formulario por correo electrónico, correo postal o en persona.
Envíe su formulario por correo electrónico
rentboard@sfgov.orgSuite #700
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4. ¿Qué sucede a continuación?
Una vez que se determina que una petición está completa, la Junta de Alquiler envía una copia de la petición al propietario y a cualquier otra parte nombrada en la petición.
Por lo general, dentro de unos meses después de que se presenta la petición, se programa una audiencia de arbitraje ante un juez administrativo de la Junta de Alquiler. La Junta de Alquiler envía un Aviso de Audiencia a todas las partes y representantes al menos 10 días antes de la fecha de la audiencia.
Las solicitudes de aplazamiento deben presentarse por escrito y se concederán únicamente cuando exista una buena causa, como planes de viaje realizados antes de recibir la Notificación de audiencia. Junto con la solicitud de aplazamiento se deben presentar pruebas de los planes contradictorios.
El proceso de audiencia está diseñado de tal manera que nadie necesita un abogado, aunque las partes tienen derecho a contar con un abogado u otro representante autorizado que las asista en la audiencia. Las partes o sus representantes tienen permitido presentar testimonio y pruebas, y contrainterrogar a las otras partes y a sus testigos. El Juez Administrativo también puede hacer preguntas a las partes y a los testigos para asegurarse de que se expongan todos los hechos pertinentes. El expediente puede mantenerse abierto para la presentación de pruebas adicionales después de la audiencia.
El juez administrativo no puede hablar con nadie en privado sobre el caso ni considerar pruebas que no formen parte del expediente oficial. El juez tampoco puede considerar pruebas que no se notifiquen a las otras partes. Por lo tanto, todas las presentaciones ante el juez administrativo antes y después de la audiencia también deben proporcionarse a las otras partes. Si presenta sus pruebas a la Junta de Alquiler por correo electrónico, es suficiente enviar una copia a la parte contraria en su correo electrónico.
Después de la audiencia, el Juez Administrativo emitirá una decisión por escrito que se enviará por correo a todas las partes y sus representantes. Si no se presenta ninguna apelación, la decisión será definitiva. Si se presenta una apelación, partes de la decisión pueden quedar suspendidas hasta que la Comisión de la Junta de Alquileres actúe sobre la apelación.
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