PRESS RELEASE

El asesor-registrador Joaquín Torres recuerda a los propietarios de viviendas la próxima fecha límite para solicitar reducciones en el valor catastral

Si cree que el valor tasado de su propiedad es superior al valor de mercado, puede solicitar una Revisión de Tasación Informal hasta el 31 de marzo de 2025.

Para publicación inmediata

Contacto: Abigail Fay, abigail.fay@sfgov.org

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San Francisco, CADel 2 de enero al 31 de marzo de 2025, los propietarios de viviendas residenciales podrán presentar una Solicitud de Revisión Informal para reducir su valor catastral ante la Oficina del Tasador-Registrador. Este servicio es gratuito y está disponible para propietarios de viviendas unifamiliares, condominios residenciales, casas adosadas, lofts con uso de vivienda y trabajo, y unidades cooperativas.

Para solicitar una Revisión Informal, debe presentar su solicitud por escrito con evidencia que respalde su opinión. No se aceptarán solicitudes de terceros en nombre del propietario.

Puede encontrar el formulario de presentación en línea aquí. También puede traer o enviar su solicitud a la Oficina del Tasador-Registrador de San Francisco, ATTN: Revisión Informal, 1 Dr. Carlton B. Goodlett Place, Ayuntamiento, Sala 190, San Francisco, CA 94102. Las solicitudes de revisión informal enviadas por correo deben tener matasellos del 31 de marzo de 2025 o antes. Por fax: (415) 554-7915 o correo electrónico: InformalReviewRP@sfgov.org. Conserve una copia de su solicitud para sus registros.

Tras la presentación, el personal de tasación revisará las ventas comparables del propietario y otros datos de mercado, estimará el valor de mercado de la propiedad al 1 de enero y luego lo comparará con el valor base actual de la propiedad. Si el valor de mercado al 1 de enero es inferior al valor base, el valor catastral se reducirá al valor de mercado para el siguiente ejercicio fiscal. Los resultados de la revisión estarán disponibles en el Aviso de Valor Catastral, que se envía por correo a los propietarios a finales de julio de 2025. La nueva factura de impuestos se basará en el valor inferior para el siguiente ejercicio fiscal.

Estas reducciones son temporales y se mantienen hasta que el valor de mercado de su propiedad supere el valor del año base. Si se le concedió una reducción para el año fiscal anterior (2024-2025), revisaremos automáticamente el valor catastral para el año fiscal 2025-2026.

Si el personal de tasación no determinó que el valor de mercado de la propiedad al 1 de enero sea superior al valor anual calculado, no se modificará el valor catastral. Si el propietario aún considera que se debe reducir el valor, puede presentar una apelación formal ante la Junta de Apelaciones de Tasaciones.

Preguntas frecuentes

Si no recibo una reducción a través de una Solicitud de Revisión Informal o no estoy de acuerdo con las conclusiones del Evaluador, ¿cuáles son mis opciones? 

Si no está de acuerdo con las conclusiones del Tasador, puede presentar una Apelación de Tasación ante la Junta de Apelaciones de Tasación (AAB), una junta independiente creada para atender y resolver disputas de valoración entre la Oficina del Tasador y los propietarios, desde el 2 de julio de 2025 hasta el 16 de septiembre de 2025. Debe abonar una tarifa de presentación no reembolsable de $60.00 al momento de la solicitud y la AAB programará una audiencia para usted posteriormente. Para obtener más información, puede comunicarse con la Secretaria de la Junta de Apelaciones de Tasación, ubicada en 1 Dr. Carlton B. Goodlett Place, Ayuntamiento, Sala 405, San Francisco, CA 94102, por teléfono: (415) 554-6778 o visitar su sitio web: www.sfgov.org/AAB .

No sé el valor catastral de mi propiedad, ¿cómo puedo comprobarlo? 

Puede consultar su valor catastral actual en http://propertymap.sfplanning.org . También puede consultar el Aviso de Valor Catastral que nuestra oficina envió en julio de 2024.

¿Cuál es la diferencia entre valor de mercado y valor tasado? 

El valor de mercado es el precio al que se vendería una propiedad en un mercado competitivo y abierto. El valor catastral es el valor imponible de una propiedad al que se aplica el tipo impositivo. Puede encontrar más información sobre las tasaciones de bienes inmuebles aquí.

¿Qué pasa si mi valor tasado actual está por debajo del valor de mercado? 

El tasador debe registrar el menor valor entre su valor base anual (valor catastral) y el valor de mercado. Por ejemplo, si el valor de mercado de su propiedad (el precio al que podría vender su casa) al 1 de enero de 2025 es de $500,000 y su valor catastral es de $200,000, el tasador registrará los $200,000 como su valor imponible para el año fiscal 2025-2026.

¿Para qué año fiscal estoy solicitando una revisión informal?  

El valor tasado que se considerará durante este período de revisión informal cubrirá el año fiscal del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.

¿Qué tipo de información necesitaré proporcionar en mi solicitud de revisión informal para respaldar mi reclamo? 

Para respaldar su reclamación, deberá presentar información de ventas o una tasación realizada por un tasador inmobiliario con licencia. La fecha de valoración de la información de ventas o la tasación debe ser lo más cercana posible a la fecha del gravamen del 1 de enero de 2025, pero no más tarde del 31 de marzo de 2025.

Si recibo una reducción en el valor tasado, ¿será permanente la nueva tasación?  

No. La reducción es temporal y solo aplica al año fiscal que se apela. Cualquier reducción del valor catastral se revisa automáticamente anualmente a partir de la fecha del gravamen para determinar si las condiciones del mercado indican que el valor catastral temporal debe mantenerse, reducirse o aumentarse, o si debe restablecerse el valor base calculado.

Si tengo una propiedad en común, ¿soy elegible para solicitar una revisión informal?

No, las propiedades en copropiedad no son susceptibles de revisión informal. Sin embargo, si no está de acuerdo con su valor catastral, le recomendamos que presente una apelación.

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