SERVICIO
Notificar a un empleado sobre su orden de retención de manutención infantil
Para empleadores: Qué hacer cuando se le ordena descontar los pagos de manutención infantil del cheque de pago de un empleado.
Qué saber
¿Qué es esto?
- Las órdenes pueden emitirse después de que se abre o cambia un caso de manutención infantil.
- Esto no significa que su empleado no haya estado pagando la manutención infantil.
- Recibirá el aviso por correo o electrónicamente.
¿Para qué sirve?
- Debe enviar parte del salario de su empleado al estado para cubrir los pagos de manutención infantil.
- Vea cómo configurar pagos en línea o por correo .
¿Qué hacer?
No está permitido que una orden de retención afecte la forma en que trata a un empleado actual o futuro. Puede recibir multas si se niega a contratar, disciplinar o despedir a un empleado porque tiene una orden de retención.
1. Siga las instrucciones del pedido.
Lea la orden de retención de ingresos con cuidado.
Si la orden fue enviada por un abogado u otra parte privada (y no una oficina de manutención infantil), debe enviar una copia al estado. Puede enviarlo por correo postal, correo electrónico o fax.
West Sacramento, CA 95798
2. Informar al empleado en un plazo de 10 días.
Tienes 10 días para comunicarle a tu empleado sobre el pedido.
Entrégueles una copia de la orden.
Si se oponen al monto, pueden solicitar una audiencia completando una Solicitud de audiencia sobre asignación de ingresos..
3. Comparar el monto solicitado con el salario del empleado
No se puede enviar más del 50% del ingreso disponible del empleado al estado para pagos de manutención infantil.
Los ingresos disponibles son los salarios que quedan después de pagar impuestos y tasas obligatorias, incluidos impuestos, seguridad social, Medicare, seguros, jubilación y cuotas sindicales.
Esto significa que si su empleado solo trabaja a tiempo parcial, es posible que no pueda enviar la cantidad especificada en el pedido. Contáctenos si necesita ayuda para saber qué hacer.
4. Comience a retener el salario dentro de los 10 días
Debe retener el monto especificado en la orden antes del primer período de pago 10 días después de recibir la notificación.
5. Enviar el pago retenido al estado
Envíe el pago retenido a la Unidad de Desembolsos del Estado de California a más tardar 7 días hábiles después de la fecha de pago.
Si su empleado es elegible para el seguro de salud, también se le enviará un Aviso de apoyo médico nacional .
Este paso es para garantizar que los niños puedan obtener cobertura de atención médica cuando esté disponible. Indicará sus opciones e instrucciones.
Comprender los requisitos del seguro de salud
- Obtenga más información sobre los avisos de apoyo médico del Departamento de Salud y Servicios Humanos .
- Contáctenos para ayudarle a determinar lo que necesita hacer:
- Llame a la oficina ("agencia emisora") que figura en el aviso, o
- Llame al 1-866-901-3212 y siga las instrucciones.
Obtener ayuda
Dirección
617 Mission Street
San Francisco, CA 94105
Open Mon to Fri 8 am to 5 pm
- Drop-ins welcome
- Main office has kiosk for child support payments
- Transit and parking options
Teléfono
Correo electrónico
Información adicional
Recursos y formularios estatales
Agencias asociadas
Qué saber
¿Qué es esto?
- Las órdenes pueden emitirse después de que se abre o cambia un caso de manutención infantil.
- Esto no significa que su empleado no haya estado pagando la manutención infantil.
- Recibirá el aviso por correo o electrónicamente.
¿Para qué sirve?
- Debe enviar parte del salario de su empleado al estado para cubrir los pagos de manutención infantil.
- Vea cómo configurar pagos en línea o por correo .
¿Qué hacer?
No está permitido que una orden de retención afecte la forma en que trata a un empleado actual o futuro. Puede recibir multas si se niega a contratar, disciplinar o despedir a un empleado porque tiene una orden de retención.
1. Siga las instrucciones del pedido.
Lea la orden de retención de ingresos con cuidado.
Si la orden fue enviada por un abogado u otra parte privada (y no una oficina de manutención infantil), debe enviar una copia al estado. Puede enviarlo por correo postal, correo electrónico o fax.
West Sacramento, CA 95798
2. Informar al empleado en un plazo de 10 días.
Tienes 10 días para comunicarle a tu empleado sobre el pedido.
Entrégueles una copia de la orden.
Si se oponen al monto, pueden solicitar una audiencia completando una Solicitud de audiencia sobre asignación de ingresos..
3. Comparar el monto solicitado con el salario del empleado
No se puede enviar más del 50% del ingreso disponible del empleado al estado para pagos de manutención infantil.
Los ingresos disponibles son los salarios que quedan después de pagar impuestos y tasas obligatorias, incluidos impuestos, seguridad social, Medicare, seguros, jubilación y cuotas sindicales.
Esto significa que si su empleado solo trabaja a tiempo parcial, es posible que no pueda enviar la cantidad especificada en el pedido. Contáctenos si necesita ayuda para saber qué hacer.
4. Comience a retener el salario dentro de los 10 días
Debe retener el monto especificado en la orden antes del primer período de pago 10 días después de recibir la notificación.
5. Enviar el pago retenido al estado
Envíe el pago retenido a la Unidad de Desembolsos del Estado de California a más tardar 7 días hábiles después de la fecha de pago.
Si su empleado es elegible para el seguro de salud, también se le enviará un Aviso de apoyo médico nacional .
Este paso es para garantizar que los niños puedan obtener cobertura de atención médica cuando esté disponible. Indicará sus opciones e instrucciones.
Comprender los requisitos del seguro de salud
- Obtenga más información sobre los avisos de apoyo médico del Departamento de Salud y Servicios Humanos .
- Contáctenos para ayudarle a determinar lo que necesita hacer:
- Llame a la oficina ("agencia emisora") que figura en el aviso, o
- Llame al 1-866-901-3212 y siga las instrucciones.
Obtener ayuda
Dirección
617 Mission Street
San Francisco, CA 94105
Open Mon to Fri 8 am to 5 pm
- Drop-ins welcome
- Main office has kiosk for child support payments
- Transit and parking options
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