INFORME

Descripción general de la clasificación (Asesor de la función pública 27)

 

La Comisión de Servicio Civil ha creado el Asesor de Servicio Civil para mejorar la entrega de información sobre importantes cuestiones y políticas de empleo que afectan el sistema de mérito de la Ciudad y Condado de San Francisco.

CLASIFICACIÓN – RESUMEN

Este Asesor se publica como el primero de una serie de Asesores de Servicio Civil sobre Clasificación, Estatus y Subvenciones de Estatus.

Autoridad

El Artículo X de la Carta de San Francisco describe las responsabilidades de la Comisión de Servicio Civil y del Director de Recursos Humanos: La Comisión de Servicio Civil tiene la responsabilidad de establecer reglas y escuchar apelaciones sobre asuntos de clasificación. El Director de Recursos Humanos, sujeto a apelación ante la Comisión de Servicio Civil, tiene el deber y la autoridad de establecer un sistema de clasificación de puestos y asignar cada puesto a una clase de trabajo en función del nivel, alcance y tipo de tareas asignadas. El Director de Recursos Humanos está autorizado a crear nuevas clases, abolir, consolidar o modificar clases.

Plan de clasificación

A lo largo de la historia del sistema de méritos de la ciudad, ha habido varios planes de clasificación. El sistema de clasificación actual se basa en un análisis de puestos que refleja diferencias distintivas en los niveles y tipos de trabajo realizados. Los grupos de puestos forman una clase cuando las tareas corresponden al mismo nivel de responsabilidad y autoridad. Las clases que realizan el mismo tipo de trabajo pero difieren en cuanto al alcance de la responsabilidad se organizan en series de clases. Aunque cada clase es distinta en el nivel y tipo de trabajo realizado, a veces, puede haber tareas que se superponen dentro de una serie de clases o entre clases. Cada clasificación se describe en la especificación de la clase. La especificación de la clase es la "descripción oficial" de la clase que proporciona una descripción amplia de la clase, pero no las tareas y responsabilidades específicas de cada puesto individual asignado a la clase. La especificación de la clase también puede dar ejemplos de tareas significativas y típicas, requisitos mínimos y requisitos especiales. La especificación de la clase se diferencia de un anuncio de examen en que un anuncio de examen es más específico para el puesto o los puestos que se van a cubrir, en particular para las pruebas basadas en puestos o cuando se aplica una condición especial.

Modificación del plan de clasificación

El Director de Recursos Humanos está autorizado y es responsable de realizar cambios en el plan de clasificación, incluyendo la creación de nuevas clases, la abolición, la consolidación o la modificación de clases, incluida la determinación del estado de un empleado o grupos de empleados, sujeto a apelación.

a la Comisión de Servicio Civil. El Director de Recursos Humanos podrá conceder administrativamente el estatus cuando no exista más de un 7½% de diferencia entre los salarios de las clases afectadas. La Comisión de Servicio Civil podrá conceder el estatus cuando la diferencia salarial sea mayor del 7½%.

Las modificaciones al plan de clasificación se publican y se notifica a las organizaciones de empleados sobre los cambios propuestos. Las protestas deben presentarse ante el Departamento de Recursos Humanos dentro de los siete (7) días posteriores a la publicación del aviso. La decisión del Director de Recursos Humanos es definitiva a menos que se apele ante la Comisión de Servicio Civil dentro de los treinta (30) días posteriores a la decisión.

Estado

Al considerar los cambios al plan de clasificación, el Director de Recursos Humanos está obligado por el requisito de la Carta de que la asignación o reasignación de un puesto no afecte negativamente los derechos de servicio civil del titular actual. Específicamente, los empleados del servicio permanente tienen "estatus" en el servicio de la Ciudad y el Condado para realizar ciertas tareas en una clase específica. Este derecho se deriva del examen en el que el empleado calificó y/o el nombramiento recibido, y de las tareas desempeñadas en los registros oficiales. El Director de Recursos Humanos es responsable de determinar el estatus de un empleado y/o su elegibilidad, sujeto a apelación ante la Comisión de Servicio Civil.

Un empleado tiene estatus en una clase, pero no en un puesto en particular dentro de esa clase. El jefe de departamento tiene una discreción muy amplia para reasignar a un empleado de un puesto a otro en la misma clase y tiene autoridad para asignar a un empleado para que realice un trabajo siempre que sea coherente con el tipo de funciones y el nivel de responsabilidad de la clase del empleado.

Tareas fuera de clase

La Carta de la Ciudad, Sección 10.103, también establece que ninguna persona ocupará un puesto fuera de la clasificación para la que ha sido designada, siempre que “…todo empleado de cualquier departamento u oficina desempeñe cualquiera de los deberes pertenecientes a dicho departamento u oficina al que el jefe de departamento del empleado pueda asignar temporalmente al empleado”. El Asesor de Servicio Civil No. 26-2006 “Asignación fuera de clase” incluye información adicional sobre este tema.