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Precios y comercialización de unidades inclusivas

Todas las nuevas unidades de inclusión ofrecidas como parte del Programa de Vivienda Inclusiva de un proyecto o la obligación de la Oficina de Inversión Comunitaria e Infraestructura (OCII) deben tener precio y comercializarse a través de la Oficina de Vivienda y Desarrollo Comunitario del Alcalde.

¿Qué hacer?

Introducción

Todas las nuevas unidades inclusivas que se ofrecen como parte del Programa de Vivienda Inclusiva de un proyecto o de la obligación de la Oficina de Inversión Comunitaria e Infraestructura (OCII) deben tener un precio y ser comercializadas a través de la Oficina de Vivienda y Desarrollo Comunitario del Alcalde. Los desarrolladores y sus agentes deben ser conscientes del hecho de que el acceso justo y abierto a todos los compradores o inquilinos elegibles y seleccionados es una parte importante de las preocupaciones de la comunidad y de los programas de precios por debajo del mercado de la Ciudad. Los desarrolladores deben seleccionar agentes de comercialización que tengan éxito en representar al desarrollador en este aspecto.

Todas las unidades de inclusión deben comercializarse y alquilarse o venderse al mismo tiempo que las unidades a precio de mercado en el edificio o al mismo tiempo que cualquier proyecto principal "fuera del sitio". Las reglas del programa requieren que el proceso de comercialización comience a más tardar 8 meses antes de la recepción del primer certificado de ocupación del edificio. (Algunas unidades OCII BMR pueden requerir un plazo de comercialización más largo según su acuerdo regulatorio). Tenga en cuenta que el proceso de fijación de precios de las unidades de inclusión y la finalización y revisión del plan de comercialización de un desarrollador puede demorar hasta 75 días según la naturaleza del proyecto.

(1) Revisar los documentos de restricción

Los promotores y sus agentes deberían empezar por revisar las restricciones de sus unidades de vivienda antes de iniciar el proceso de fijación de precios y comercialización. No revisar y actualizar estos documentos cuando es necesario suele provocar demoras en el proceso.   

Proyectos del Programa de Vivienda Inclusiva

Todas las unidades del Programa de Viviendas Inclusivas tendrán un Aviso de Restricciones Especiales (NSR, por sus siglas en inglés) para el edificio que haga referencia a las Condiciones de Aprobación para el proyecto. El NSR correcto indicará los requisitos de la Sección 415 del Código de Planificación e incluirá planos de planta que muestren la ubicación de las unidades inclusivas. Si el desarrollador no tiene este NSR, o si el NSR no tiene los planos de planta requeridos, el primer paso es trabajar con el Departamento de Planificación para registrar este NSR en la propiedad. Las unidades inclusivas que se designan en el NSR deben coincidir con la solicitud de precio que se enviará por ubicación de las unidades y nombre de la unidad. Si el NSR existente es incorrecto de alguna otra manera (la combinación general de unidades del edificio ha cambiado, las unidades de alquiler ahora son de propiedad, etc.), el desarrollador también debe trabajar con el Departamento de Planificación para revisar el NSR antes de solicitar el precio de las unidades inclusivas.

Oficina de Proyectos de Inversión Comunitaria e Infraestructura (OCII)

Todas las unidades inclusivas restringidas a través de la Oficina de Inversión Comunitaria e Infraestructura (OCII) tendrán una Declaración de Restricciones registrada u otro acuerdo con la OCII. Los desarrolladores deben revisar su acuerdo antes de acercarse a la MOHCD para obtener precios. Todas las unidades inclusivas de la OCII deben estar claramente identificadas en un conjunto de planos. Las unidades deben coincidir con la solicitud de precios que se enviará.

(3) Enviar solicitud de precios

Los desarrolladores y sus agentes completarán y enviarán una solicitud de precios, proporcionada por el MOHCD, con materiales complementarios. Puede recibir y, una vez completado, enviar un formulario de solicitud de precios por correo electrónico a bmrpricing@sfgov.org . Incluya la dirección de la(s) unidad(es) en la línea de asunto y especifique si el correo electrónico se refiere a:

  •  Formulario de solicitud de precios para unidades de propiedad del nuevo programa de vivienda inclusiva o del programa de capital limitado
  •  Formulario de solicitud de precios para nuevos Programa de Vivienda Inclusiva Unidades de alquiler

De acuerdo con el Manual de procedimientos y monitoreo del programa de vivienda asequible e inclusiva, las cartas de determinación de precios se emiten dentro de los 15 días hábiles posteriores a la presentación de una solicitud de precios completa.

(4) Presentar plan de marketing

Los desarrolladores y sus agentes completarán y enviarán una plantilla de plan de marketing proporcionada por el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (MOHCD) junto con la aprobación de los precios. El MOHCD proporcionará este plan una vez que se aprueben los precios.

 Entre otros requisitos, el plan de marketing exigirá: 

  • Un período de comercialización de 45 días para unidades de propiedad y un período de comercialización de 21 días para unidades de alquiler.
  • Se realizará una sesión informativa en conjunto con el MOHCD.
  • Al menos 3 jornadas de puertas abiertas. 
  • Listado de unidades en el sistema MOHCD "DAHLIA". 
  • Anuncios colocados en 5 lugares locales durante al menos un período de 3 semanas. 
  • Anuncios colocados en un lugar de toda la ciudad durante un período de 2 semanas. 
  • Anuncios colocados en redes sociales y servicios de transmisión durante el período de comercialización. 
  • Folleto de divulgación profesional.
  • Profesional postcard para titulares de certificados de preferencia.
  • Amplia difusión local. 
  • Acercamiento a miembros de la Junta de Supervisores local.  
  • Señalización en el edificio. 

(5) Unidades de mercado y aplicaciones de recolección

Las solicitudes se presentarán a través del sistema "DAHLIA" o se enviarán en papel a un apartado postal. Los promotores y sus agentes introducirán la información de los solicitantes en una hoja de seguimiento de solicitantes proporcionada por el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (MOHCD). Esta lista se convierte en la lista formal para la lotería. Para obtener más detalles, lea los programas y procesos de preferencia de lotería..

(6) Realizar lotería

El Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano organizará un sorteo para las unidades en colaboración con el desarrollador. Para obtener más detalles, lea los programas y procesos de preferencia de lotería .

(7) Revisar solicitudes

Después de la lotería, los desarrolladores revisarán y aprobarán las solicitudes en asociación con el MOHCD. En el caso de las unidades de propiedad, el MOHCD llevará a cabo la revisión principal de la solicitud. En el caso de las unidades de alquiler, el desarrollador y sus agentes revisarán las solicitudes de acuerdo con las Pautas y el proceso de revisión de solicitudes de alquiler de BMR .

(8) Alquilar o vender unidades

En el caso de unidades de propiedad, los desarrolladores y sus agentes coordinarán el proceso de cierre para los compradores junto con el proceso descrito en su plan de marketing aprobado.

En el caso de unidades de alquiler desarrolladas únicamente a través del Programa de Vivienda Inclusiva, los desarrolladores deben adjuntar un Anexo de Contrato de Arrendamiento del Programa de Vivienda Inclusiva al contrato de arrendamiento de la unidad BMR.

(9) Conservar documentos y prepararse para el seguimiento

Tanto las unidades de propiedad como las de alquiler estarán sujetas a una supervisión constante y deberán cumplir con las políticas de retención de documentos dictadas por el MOHCD y otros organismos reguladores externos aplicables.