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Preguntas frecuentes sobre el programa de denuncia de irregularidades

Preguntas frecuentes sobre el Programa de Denunciantes de la Ciudad.

¿Qué es el Programa de Denunciantes de la Ciudad?

El Apéndice F1.107 de la Carta de San Francisco ordena a la Oficina del Contralor administrar un programa de denuncia de irregularidades e investigar informes relacionados con lo siguiente:

  • Deficiencias en la calidad y prestación de los servicios del gobierno municipal.
  • Prácticas de gobierno municipal derrochadoras e ineficientes.
  • Mal uso de fondos del gobierno municipal.
  • Actividades indebidas por parte de funcionarios y empleados del gobierno municipal.

¿Cuáles son algunos ejemplos de informes investigados por el Programa de Denunciantes?

Deficiencias en la calidad y prestación de los servicios del gobierno municipal:

  • No entrega de bienes exigidos contractualmente.
  • Incumplimiento de servicios exigidos contractualmente.

Prácticas derrochadoras e ineficientes del gobierno municipal:

  • Compra de suministros o equipos innecesarios.

Mal uso de fondos del gobierno municipal:

  • Mal uso de la propiedad de la ciudad, incluyendo dinero, equipo, suministros y/u otros materiales.
  • Reembolsos de gastos indebidos a empleados o contratistas.

Actividades indebidas por parte de funcionarios y empleados del gobierno municipal:

  • Abuso grave del tiempo de la ciudad, como por ejemplo tiempo prolongado fuera del trabajo sin autorización o uso significativo del tiempo de la ciudad para asuntos personales.

No investigamos denuncias que involucren:

  • Una entidad privada (no municipal), a menos que la entidad privada tenga un contrato o subvención con un departamento de la ciudad y la acusación involucre asuntos relacionados con ese contrato o subvención.
  • Departamentos, funcionarios y empleados del gobierno federal.
  • Departamentos, funcionarios y empleados del gobierno estatal.

¿Quién puede enviar información?

Cualquier persona que tenga información relevante, incluidos empleados de la ciudad, contratistas de la ciudad y residentes de la ciudad.

 

¿Necesito identificarme?

No. Revisamos todas las denuncias, incluidas las presentadas de forma anónima, para determinar si existen problemas de nuestra competencia que requieran seguimiento. Sin embargo, si decide presentar su denuncia de forma anónima, nuestra capacidad para realizar el seguimiento podría ser limitada.

Se le recomienda encarecidamente que no proporcione información de identificación si teme represalias por presentar un informe.



¿Mi identidad permanecerá confidencial?

El Código de Conducta Gubernamental y de Campaña, Artículo IV, sección 4.123, establece que el Programa de Denunciantes puede:

  • Divulgar la identidad de una persona u otra información en la medida necesaria para llevar a cabo una investigación civil o penal o para tomar cualquier medida de cumplimiento, incluida cualquier medida para disciplinar a un empleado o tomar medidas correctivas contra un contratista.
  • Divulgar información como parte de una remisión al remitir cualquier asunto a otro departamento, comisión, junta, funcionario o empleado de la ciudad, o a otras agencias gubernamentales, para su investigación y posible acción disciplinaria, de cumplimiento o correctiva.
  • Divulgar información a la Junta de Revisión de Auditoría Ciudadana para que pueda llevar a cabo su deber de proporcionar asesoramiento al Contralor sobre el Programa de Denunciantes, siempre que la información esté preparada de manera de proteger la confidencialidad de las personas que realizan los informes y de las investigaciones.
  • Divulgar información para informar al público sobre la naturaleza de las acciones adoptadas por el Contralor en el funcionamiento del Programa de Denunciantes, siempre que dicha información esté preparada de manera de proteger la confidencialidad de las personas que realizan los informes y de las investigaciones.

Se le recomienda encarecidamente que no proporcione información de identificación si teme represalias por presentar un informe.


¿Qué informes se remiten para investigación?

Las denuncias que alegan una infracción de la ley sobre la cual la Oficina del Contralor no tiene jurisdicción se remiten a la agencia correspondiente para su investigación y la posible aplicación de medidas disciplinarias o coercitivas. El Programa de Denunciantes revisará cada denuncia para determinar si se remitirá a otro departamento competente para su investigación.
El Programa de Denuncias remitirá los siguientes informes:

  • Aquellos que otra agencia de la ciudad está obligada a adjudicar por ley federal, estatal o local.
  • Aquellos que puedan resolverse mediante un mecanismo de reclamación establecido por convenio o contrato colectivo de trabajo.
  • Aquellos que involucran denuncias de conductas que puedan constituir una violación de la legislación penal.
  • Aquellos que estén sujetos a una investigación existente y en curso por parte del Fiscal de Distrito, el Fiscal de la Ciudad o la Comisión de Ética, donde el funcionario o la Comisión correspondiente declare por escrito que la investigación por parte del Contralor impediría o retrasaría sustancialmente su propia investigación del asunto.
  • Aquellos que aleguen conductas que puedan constituir una violación a la ley de ética gubernamental.

Las denuncias que, incluso si son ciertas, parecen inmateriales o insignificantes desde un punto de vista monetario u operativo, pueden remitirse al departamento de la ciudad involucrado en la denuncia para su investigación y respuesta.



¿Qué pasa si tengo evidencia de un delito?

El Programa de Denunciantes no es una agencia de aplicación de la ley. Si cree que tiene pruebas de un delito que involucra a un funcionario, empleado o contratista de la ciudad, debe informar su información a una agencia de aplicación de la ley correspondiente. El Programa de Denunciantes remitirá las denuncias de conducta que puedan constituir una violación de la ley penal a la agencia de aplicación de la ley correspondiente.



¿Qué espera el Programa de Denunciantes de los periodistas? 

El Programa de Denuncias le anima a presentar su denuncia por escrito. Por lo general, debe presentarla dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que se cometió la presunta infracción. Su denuncia debe incluir, si corresponde:

  • Quién: El nombre completo del empleado y el departamento.
  • Qué: la infracción específica y por qué cree que la actividad fue indebida. Incluya la norma, regulación, política o ley que cree que el empleado infringió.
  • Dónde - El lugar donde ocurrió la infracción.
  • Cuándo: La fecha y hora específicas en que ocurrió la violación.
  • Cuánto - La pérdida estimada en dólares debido a la violación.
  • Por qué y cómo: Una descripción de por qué y cómo cree que el individuo perpetró el delito.
  • Copias de cualquier documento que respalde lo que usted alega. No presente documentos originales, ya que no se pueden devolver.

¿Cómo presento un informe?

  • En línea : puede presentar un informe en línea en https://www.sf.gov/how-file-whistleblower-report .
  • Por teléfono : Puede llamar al Centro de Atención al Cliente 311 (311 o 415-701-2311) para presentar una denuncia por teléfono. Indique al operador que desea presentar una denuncia ante el Programa de Denuncias.
  • Por correo : puede completar un formulario de informe de denuncia de irregularidades en papel y enviarlo al Programa de denuncia de irregularidades por correo a:
    • Programa de denuncia de irregularidades
      1 Dr. Carlton B. Goodlett Place
      Habitación 316 San Francisco, CA 94102

¿Qué pasa si presento un informe?

Al recibir un informe, el Programa de Denunciantes puede realizar una investigación sobre los hechos alegados en el informe para determinar si se ha producido una actividad gubernamental indebida.

Aunque puede presentar un informe de forma anónima, es posible que no podamos determinar si su informe tiene mérito si no podemos entrevistarlo. Presentar copias de cualquier documento que respalde su informe es de suma utilidad para nuestro proceso de evaluación. Sin embargo, le rogamos que presente copias de los documentos en lugar de los originales, ya que no se pueden devolver. Si necesitamos los documentos originales, se los solicitaremos más adelante.



¿El Programa de Denunciantes investiga todos los informes que recibe que caen dentro de su jurisdicción?

No. El personal del Programa de Denunciantes evaluará su denuncia y determinará si el asunto amerita una investigación más exhaustiva. Las denuncias que, aun siendo ciertas, parezcan irrelevantes desde un punto de vista monetario u operativo, podrán remitirse al departamento municipal involucrado en la denuncia para su investigación y respuesta.

¿Qué sucede durante la investigación?

Una vez que el Programa de Denuncias recibe una denuncia, cualquier investigación derivada de ella es confidencial. Por lo tanto, el personal del Programa no puede proporcionar información actualizada sobre las investigaciones realizadas ni sobre la información descubierta.



¿Cuánto tiempo se tarda en investigar un informe?

La mayoría de nuestras investigaciones se completan en un plazo de 90 días. Sin embargo, pueden tardar más dependiendo de varios factores, como la complejidad del informe y el número de denuncias presentadas.


¿Puedo discutir el asunto con amigos y colegas?

Para proteger su confidencialidad y la confidencialidad de la investigación, es aconsejable no discutir el asunto con amigos y colegas.



¿Puedo retirar mi informe una vez presentado ante el Programa de Denunciantes?

No. Una vez que presente un informe, no podrá retirarlo ni impedir que el Programa de Denunciantes proceda con una investigación.



¿Me informarán sobre el estado de mis denuncias?

En general, no. Si nos ha proporcionado su nombre e información de contacto, nos pondremos en contacto con usted si necesitamos más información para hacer un seguimiento de su denuncia. De conformidad con nuestras normas, la información adquirida o desarrollada como parte de una investigación se trata como confidencial. Si nuestra oficina no requiere información adicional durante la revisión de sus denuncias, no nos pondremos en contacto con usted.

La información sobre la investigación no se divulgará a menos que el Programa de Denunciantes compruebe que se ha producido una actividad indebida. En este caso, se incluirá información limitada sobre el asunto en un informe del Programa de Denunciantes, manteniendo la confidencialidad de las identidades de las personas implicadas.


¿Puedo solicitar que se vuelva a abrir un informe?

Sí. Si tiene nueva información que respalde sus acusaciones, el cierre de su denuncia podría reconsiderarse. Si, por el contrario, simplemente no está satisfecho porque no está de acuerdo con la decisión de cerrar su denuncia, el Programa de Denuncias no realizará otra investigación.


¿Puedo poner a la luz el producto de mi trabajo de investigación?

No. Según la Sección 4.123(a)(ii) del Código de Conducta Gubernamental y de Campaña, todo funcionario y empleado de la ciudad deberá mantener confidenciales las quejas o informes al Programa de Denunciantes y la información relacionada con la investigación del asunto, incluyendo borradores, notas, informes preliminares, documentos de trabajo, registros de entrevistas, comunicaciones con reporteros y testigos, y cualquier otro material e información recopilada o preparada en el curso de la investigación.



¿Soy elegible para recibir una recompensa si se confirma mi informe de denuncia?

No. La Ciudad y el Condado de San Francisco no ofrecen una recompensa por los informes constantes de denunciantes.

¿El Programa de Denunciantes me ayudará a resolver un informe si no estoy satisfecho con una decisión tomada por un departamento o empleado de la ciudad que me involucra?

No. El Programa de Denunciantes no actuará como defensor de las personas en sus disputas con los departamentos o empleados de la ciudad. Muchos departamentos de la ciudad tienen procesos administrativos que usted puede utilizar para apelar las decisiones que toman y que le afectan. Si sigue estos procesos y sigue insatisfecho, puede considerar la posibilidad de obtener asesoramiento legal privado. El Programa de Denunciantes no puede y no proporcionará asesoramiento legal.



¿Qué sucede si sufro represalias por presentar una denuncia?

El Programa de Denuncias no investiga denuncias de represalias, ya que esa responsabilidad recae en la Comisión de Ética de San Francisco. Si cree haber sido víctima de represalias por haber presentado una denuncia ante el Programa de Denuncias, comuníquese con la Comisión de Ética de inmediato.