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El proceso de audiencia

Una vez que se determine que una petición está completa, se programará una audiencia de arbitraje o una sesión de mediación. La Junta de Alquileres envía una copia de la petición a las demás partes mencionadas en ella. Generalmente, no se envían anexos ni documentos de apoyo a las partes. Estos documentos se conservan como prueba en el expediente de la Junta de Alquileres, que la parte contraria puede revisar en horario laboral antes de la audiencia o mediante la presentación de un formulario de solicitud de duplicado. Se debe contactar a la oficina con antelación para verificar la disponibilidad del expediente, ya que el Juez de Derecho Administrativo podría estar revisándolo. Si se presentan documentos de apoyo o pruebas ante la Junta de Alquileres antes de una audiencia o mediación, se recomienda encarecidamente a las partes que también envíen una copia de su presentación a la parte contraria.

Para las peticiones asignadas a arbitraje, la Junta de Alquileres envía una Notificación de Audiencia a todas las partes y representantes al menos 10 días antes de la audiencia. Las solicitudes de aplazamiento deben presentarse por escrito y solo se concederán cuando exista una causa justificada, como planes de viaje realizados antes de recibir la Notificación de Audiencia. Se debe presentar evidencia de planes contradictorios junto con la solicitud de aplazamiento.

El proceso de audiencia está diseñado de tal manera que nadie necesita un abogado, aunque las partes tienen derecho a contar con la asistencia de un abogado u otro representante autorizado durante la audiencia. Las partes o sus representantes pueden presentar testimonio y pruebas, así como contrainterrogar a las otras partes y a sus testigos. El Juez Administrativo también puede formular preguntas a las partes y a los testigos para asegurar que se expongan todos los hechos pertinentes. El expediente podrá mantenerse abierto para la presentación de pruebas adicionales después de la audiencia.

El Juez Administrativo no puede hablar con nadie en privado sobre el caso ni considerar pruebas fuera del expediente oficial. Tampoco puede considerar pruebas que no se notifiquen a las otras partes. Por lo tanto, todos los escritos presentados ante el Juez Administrativo después de la audiencia deben entregarse también a las otras partes e ir acompañados de un comprobante de notificación. La Junta de Alquileres cuenta con un formulario de Comprobante de Notificación que las partes pueden utilizar.

Una vez cerrado el expediente, el Juez Administrativo emitirá una decisión por escrito que se enviará por correo a todas las partes y sus representantes. Si no se presenta apelación, la decisión será definitiva. Si se presenta una apelación, partes de la decisión podrán suspenderse hasta que la Comisión de la Junta de Alquileres resuelva la apelación.

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