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Hojas de trabajo de transferencia de bonos de obligación general
Un propietario puede transferir a los inquilinos una parte de su factura de impuestos a la propiedad resultante del aumento en el pago de los bonos de obligación general aprobados por los votantes.
En el caso de los traspasos de medidas de bonos que entren en vigor el 1 de julio de 2024 o después, la legislación reciente ha cambiado la forma en que se calculan los traspasos de medidas de bonos. Específicamente, en lugar de utilizar la misma "tasa de traspaso" para todos los inquilinos, la tasa de traspaso variará según el momento en que el inquilino se mudó a la unidad. La tasa de traspaso de cada inquilino ahora se basa en cuánto ha aumentado la parte de la tasa del impuesto a la propiedad que paga los bonos de obligación general (el "Factor de bonos") entre el año en curso y el año en que un inquilino se mudó a la unidad (o el año fiscal 2005-06, lo que sea más tarde). Diferentes inquilinos en la misma propiedad pueden tener diferentes tasas de traspaso, según el momento en que se mudaron a la propiedad. A menos que el Factor de bonos del año en curso sea mayor que el Factor de bonos del año en que comenzó el arrendamiento, no está disponible ningún traspaso de medidas de bonos.
Un arrendador puede trasladar a los inquilinos el 100% del aumento en la factura del impuesto predial del arrendador resultante del reembolso de los bonos de obligación general aprobados por los votantes entre el 1 de noviembre de 1996 y el 30 de noviembre de 1998. Para los bonos de obligación general aprobados por los votantes después del 14 de noviembre de 2002, el arrendador puede trasladar el 50% del aumento del impuesto predial resultante del reembolso de estos bonos, siempre que el aumento del alquiler sea divulgado y aprobado por los votantes. Para los Traspasos de Medidas de Bonos que entren en vigor por primera vez el 1 de julio de 2024 o después, la tasa de traspaso variará dependiendo de cuándo se mudó el inquilino a la unidad. La tasa de traspaso de cada inquilino se basa en cuánto ha aumentado la parte de la tasa del impuesto predial que paga por los bonos de obligación general (el "Factor de Bono") entre el año en curso y el año en que un inquilino se mudó a la unidad (o el Año Fiscal 2005-06, lo que sea posterior). Los distintos inquilinos de una misma propiedad pueden tener distintas tasas de traspaso, según el momento en que se mudaron. A menos que el factor de fianza del año en curso sea mayor que el del año de inicio del arrendamiento, no se aplica el traspaso de fianza. El importe mensual que el arrendador puede traspasar a cada inquilino se calcula utilizando la fórmula incluida en la Hoja de Cálculo del Traspaso de la Medida de Fianza.
El arrendador no está obligado a presentar una solicitud ante la Junta de Control de Rentas Internas para la aprobación del traspaso de la Medida de Bonos. Sin embargo, debe utilizar la Hoja de Cálculo del Traspaso de la Medida de Bonos para calcularlo. Para imponer el traspaso, debe proporcionar al inquilino una copia de la Hoja de Cálculo completa, además de una notificación por escrito del aumento de alquiler. Puede descargar copias de las Hojas de Cálculo del Traspaso de la Medida de Bonos en los enlaces que se muestran a continuación. Las Hojas de Cálculo también están disponibles en nuestra oficina.
El traspaso debe imponerse al momento del aumento anual de la renta, en la fecha de aniversario del aumento de renta del inquilino. No forma parte de la renta base del inquilino y debe suspenderse después de que el inquilino haya pagado el traspaso durante el número de meses especificado en la línea 8 de la hoja de cálculo del traspaso.
El arrendador solo podrá imponer traspasos de bonos basados en las facturas de impuestos prediales emitidas dentro de los tres años anteriores al año en que se impone el traspaso. Por ejemplo, si el arrendador impone un traspaso de bonos el 1 de noviembre de 2024, podrá incluir los costos de los bonos de obligación general para las facturas de impuestos prediales emitidas entre el 1 de enero de 2021 y el 1 de noviembre de 2024, pero no podrá incluir los costos de los bonos de obligación general para las facturas de impuestos prediales emitidas antes del 1 de enero de 2021. Sin embargo, la Hoja de Cálculo de Medida de Bonos correspondiente debe completarse para cada año fiscal y adjuntarse a la notificación de aumento de alquiler.
Hay una Hoja de Trabajo diferente para cada año fiscal, ya que el porcentaje de la tasa del impuesto a la propiedad atribuible al reembolso de los bonos de obligación general varía de un año a otro.
Hoja de cálculo de traspaso de bonos de obligación general 2024-25 (PDF rellenable)
Hoja de cálculo de traspaso de bonos de obligación general 2023-24 (PDF rellenable)
Hoja de cálculo de traspaso de bonos de obligación general 2022-23 (PDF rellenable)
Hoja de cálculo de traspaso de bonos de obligación general 2021-22 (PDF rellenable)
Un arrendador puede optar por transferir el aumento del impuesto predial atribuible al reembolso de bonos como parte de una Petición de Gastos de Operación y Mantenimiento, en lugar de calcular un Traspaso de la Medida de Bonos por separado. En tales casos, el arrendador debe optar por uno u otro método, pero no puede optar por ambos.
Los inquilinos pueden buscar alivio en el pago de los traspasos de bonos de obligación general mediante la presentación de una Solicitud de dificultades financieras para inquilinos .
Un inquilino puede solicitar una audiencia de arbitraje ante la Junta de Alquileres para impugnar un traspaso indebido de la Medida de Bonos . En dicha audiencia, el arrendador tendrá la carga de demostrar la exactitud del cálculo del traspaso de la Medida de Bonos. Dichas solicitudes deben presentarse dentro del año siguiente a la fecha de entrada en vigor del traspaso.
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