SERVICIO
Registre su edificio vacante
Los edificios vacíos deben registrarse dentro de los 30 días siguientes a su vacancia y volver a registrarse cada año.
Qué saber
Costo
$1,230.95 por año.
Envíe cheques de caja o giros postales. Podemos aceptar tarjetas de crédito o efectivo en persona.
Se puede reembolsar hasta el 50% de la tarifa si su edificio se ocupa ese año.
Ventajas del registro
De acuerdo con la Ordenanza 0194-09 , todos los edificios vacíos en San Francisco deben registrarse anualmente .
Si el edificio está registrado, no consideraremos las quejas sobre edificios vacíos como violaciones del código.
Incluso si el edificio está registrado como desocupado, aún podemos citarlo por deterioro si no mantiene la propiedad adecuadamente.
¿Qué hacer?
1. Complete e imprima la solicitud en formato PDF
Te preguntaremos:
- Información del propietario de la propiedad
- ¿Cómo ha asegurado la propiedad contra entradas no autorizadas?
- Sus planes futuros para la propiedad
- Nombre de su proveedor de seguros contra incendios y responsabilidad civil
- Información del prestamista si la propiedad tiene un aviso de incumplimiento o ejecución hipotecaria
2. Envíanos tu solicitud, documentos y pago.
Incluir:
- Solicitud de edificio vacante en formato PDF
- Una copia de sus pólizas de seguro contra incendio y responsabilidad civil.
- Pago: si utiliza cheque de caja o giro postal, hágalo a nombre de “SF Department of Building Inspection” o “CCSF_DBI”
Puede enviar el paquete por correo o entregarlo en persona en nuestra oficina.
Suite 400
San Francisco, CA 94103
Special cases
Pendiente de arrendamiento o venta
No es necesario que se registre si hay un contrato de alquiler o una venta pendiente de la propiedad. Deberá enviar un comprobante que documente el contrato de alquiler o la venta pendiente, como un número MLS o una copia del contrato de alquiler.
Después de registrarse
Nos comunicaremos con usted para programar una inspección para garantizar que se cumplan los requisitos del edificio vacante .
Relacionado
Obtener ayuda
Teléfono
Correo electrónico
Sección de Cumplimiento del Código
dbi.codeenforcement@sfgov.orgAgencias asociadas
Qué saber
Costo
$1,230.95 por año.
Envíe cheques de caja o giros postales. Podemos aceptar tarjetas de crédito o efectivo en persona.
Se puede reembolsar hasta el 50% de la tarifa si su edificio se ocupa ese año.
Ventajas del registro
De acuerdo con la Ordenanza 0194-09 , todos los edificios vacíos en San Francisco deben registrarse anualmente .
Si el edificio está registrado, no consideraremos las quejas sobre edificios vacíos como violaciones del código.
Incluso si el edificio está registrado como desocupado, aún podemos citarlo por deterioro si no mantiene la propiedad adecuadamente.
¿Qué hacer?
1. Complete e imprima la solicitud en formato PDF
Te preguntaremos:
- Información del propietario de la propiedad
- ¿Cómo ha asegurado la propiedad contra entradas no autorizadas?
- Sus planes futuros para la propiedad
- Nombre de su proveedor de seguros contra incendios y responsabilidad civil
- Información del prestamista si la propiedad tiene un aviso de incumplimiento o ejecución hipotecaria
2. Envíanos tu solicitud, documentos y pago.
Incluir:
- Solicitud de edificio vacante en formato PDF
- Una copia de sus pólizas de seguro contra incendio y responsabilidad civil.
- Pago: si utiliza cheque de caja o giro postal, hágalo a nombre de “SF Department of Building Inspection” o “CCSF_DBI”
Puede enviar el paquete por correo o entregarlo en persona en nuestra oficina.
Suite 400
San Francisco, CA 94103
Special cases
Pendiente de arrendamiento o venta
No es necesario que se registre si hay un contrato de alquiler o una venta pendiente de la propiedad. Deberá enviar un comprobante que documente el contrato de alquiler o la venta pendiente, como un número MLS o una copia del contrato de alquiler.
Después de registrarse
Nos comunicaremos con usted para programar una inspección para garantizar que se cumplan los requisitos del edificio vacante .
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dbi.codeenforcement@sfgov.org