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Normas de señalización en distritos comerciales e industriales
Aprenda qué tipos de señales puede colocar en distritos comerciales e industriales y qué reglas seguir.
Existen reglas generales que se aplican a todos los carteles en distritos comerciales e industriales. También existen reglas que se aplican a los carteles utilizados para fines específicos en distritos comerciales e industriales.
Reglas generales
Los siguientes carteles no están permitidos en los distritos comerciales e industriales:
- Letreros de techo, excepto letreros históricos y letreros antiguos.
- Señales de viento
- Señales publicitarias generales
- Señales de video
Su cartel no puede tener partes móviles (rotatorias, oscilantes), excepto la rotación de los postes de barbería, la hora del día y la temperatura.
Su letrero no puede tener iluminación animada (intermitente, parpadeante), excepto cuando su propiedad esté en un distrito especial para iluminación de letreros.
Rótulos comerciales
Las empresas pueden tener estos carteles.
Letreros para ventanas
Puedes pintar un cartel o aplicarlo directamente sobre la superficie del vidrio de tu ventana.
- Número de señales: Sin límite
- Iluminación: Ninguna, indirecta o directa.
- Área: El área total de todos los letreros de ventana no puede exceder ⅓ del área de la ventana en la que se encuentra el letrero.
Señales adheridas a los edificios
Puedes colocar un cartel en un edificio.
- Número de señales: Sin límite
- Iluminación: Ninguna, indirecta o directa.
- Área:
- No más de 100 pies cuadrados si se encuentra a menos de 100 pies y debe estar dirigido para ser visto desde un distrito residencial.
- No más de 200 pies cuadrados si se encuentra a menos de 100 pies y está diseñado para ser visto desde una escuela, o a menos de 200 pies y está diseñado para ser visto desde un parque, un centro recreativo, una calle panorámica o una ruta de tránsito rápido.
- No más de 200 pies cuadrados si se encuentra dentro del área del Centro Cívico. De lo contrario, no hay límite de área.
- Proyección: Los carteles pueden proyectarse hasta el 75 % de la distancia entre la línea de propiedad de la calle y la acera o 6 pies, lo que sea menor.
- Altura:
- Cuando esté conectado a un edificio: no más de 60 pies o por encima de la línea del techo del edificio, lo que sea más bajo
- En el Distrito de Zonificación C-3: un cartel no puede exceder los 100 pies de altura
Señales independientes
Puedes construir un cartel independiente en tu propiedad.
- Altura:
- En un distrito de zonificación C-2: 36 pies o menos
- En todos los demás distritos de zonificación C, M y PDR: 40 pies o menos