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Requisitos de divulgación para anuncios de alquiler en línea

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A partir del 22 de junio de 2020, la Sección 37.9F de la Ordenanza sobre alquileres exige que los propietarios incluyan una declaración escrita en todos los anuncios en línea de unidades residenciales de alquiler, con exclusión de los anuncios de propietarios o inquilinos principales que residirán en la misma unidad de alquiler que sus inquilinos o subarrendatarios. La declaración, que también se exige en la publicidad impresa (si es posible), debe estar en letra de 12 puntos o más y debe indicar lo siguiente:

“Esta unidad es una unidad de alquiler sujeta a la Ordenanza de Alquiler de San Francisco, que limita los desalojos sin causa justa y que establece que cualquier renuncia por parte de un inquilino a sus derechos bajo la Ordenanza de Alquiler es nula por ser contraria al orden público”.

La Junta de Alquiler puede recibir recomendaciones sobre anuncios en línea que no contengan la información anterior. Si la Junta de Alquiler determina que el anuncio no cumple sustancialmente con los requisitos legales y que el propietario no ha corregido el defecto, intentará informar al propietario por escrito. El propietario debe corregir la infracción dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción de la notificación. Si el propietario no corrige la infracción dentro de los tres días hábiles, la Junta de Alquiler puede imponerle una multa administrativa razonable de hasta $100.00 por día, sin contar el período de corrección de tres días, y que no exceda los $1,000.00 por anuncio.

Además, la Ordenanza de Alquiler autoriza al Fiscal de la Ciudad o a una organización de derechos de los inquilinos sin fines de lucro a iniciar una demanda civil contra cualquier propietario que no cumpla con los requisitos de divulgación anteriores.

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