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Sobre la moratoria de expulsión de huéspedes de hoteles debido al COVID-19

Si has reservado tu propia habitación de hotel para realizar la cuarentena, no te pueden obligar a marcharte si sigues pagando.

La orden del alcalde

El 14 de abril de 2020, la alcaldesa Breed emitió una Orden Ejecutiva que prohíbe a un hotel turístico o al propietario/operador de habitaciones turísticas en un hotel residencial retirar a los huéspedes que quieran refugiarse en el lugar durante la actual emergencia de salud pública.

Cómo continuar permaneciendo en tu habitación

Comunique al hotel que desea continuar hospedado en el hotel turístico.

Informe al hotel que tiene:

  • Dio positivo, contrajo o presenta síntomas de COVID-19
  • Se encuentran en autoaislamiento o cuarentena debido a una exposición real o potencial al COVID-19

Debes aceptar pagar al hotel por la habitación, a la misma tarifa que el hotel cobra por habitaciones similares en el hotel.

Si sigue estos pasos, el hotel deberá permitirle permanecer en la unidad.

Aún puedes ser expulsado de tu habitación por el hotel.

Debes continuar siguiendo las reglas del hotel. 

El hotel aún puede expulsarlo por:

  • Actividades ilegales
  • Si representa un riesgo para la salud y la seguridad del personal u otros huéspedes al no seguir las reglas de distanciamiento físico
  • Si el hotel tiene que cerrar por razones distintas a la de expulsar a un huésped protegido por la orden

Obtener ayuda

Si se ve obligado a abandonar el hotel, llame al 628-652-2820. Es el número de la División de Implementación de Contención de Enfermedades del Departamento de Salud Pública - Grupo de Aislamiento y Cuarentena.

Sobre hoteles turísticos y habitaciones turísticas

Un hotel turístico es cualquier edificio que contiene 6 o más habitaciones y que proporciona alojamiento a huéspedes transitorios por una noche o por un período más largo, pero inferior a 30 días.

Una unidad turística es una habitación de huéspedes que no estaba ocupada el 23 de septiembre de 1979 por un residente permanente, o que está certificada como unidad turística según la ley local (Capítulo 41 del Código Administrativo).

En el caso de hoteles residenciales que contienen unidades residenciales y turísticas, los propietarios/operadores deben indicar a los ocupantes si se alojan en una unidad turística o en una unidad residencial. En estas circunstancias, permitirle quedarse no convertirá la unidad turística en una unidad residencial cubierta por la Ordenanza de Alquileres de la Ciudad.

Si un ocupante se aloja en una unidad residencial, se aplica una orden municipal separada con protecciones diferentes.