SERVICIO
Cumpla con los requisitos de protección de pendientes para su proyecto de construcción
Verifique la ubicación de la construcción. Es posible que deba proporcionar informes adicionales al solicitar permisos de construcción.
Qué saber
Requisitos
Debe cumplir con los requisitos de protección de pendientes si se cumplen todas las condiciones siguientes:
- La propiedad está dentro de una zona de deslizamientos de tierra o en una pendiente pronunciada.
- Las obras de construcción pueden afectar la estabilidad de los taludes.
Exenciones
Los requisitos de protección de pendientes no se aplican a:
- Propuesta de construcción sin planos
- Construcción propuesta sin alteraciones estructurales ni nivelación con menos de 50 yardas cúbicas de materiales de tierra.
¿Qué hacer?
1. Revisar las zonas afectadas
Consulte los números de bloque del evaluador específico necesarios para que un Comité Asesor Estructural realice una revisión:
- Área de protección de la ladera de la montaña Edgehill (2875, 2876, 2923, 2933, 2934, 2935, 2936A y 2936B)
- Área de protección de la pendiente noroeste del monte Sutro (1850, 1851, 2635, 2636, 2638, 2674, 2675, 2676, 2677 y 2686)
Verifique si alguna parte de la propiedad se encuentra dentro de las “Zonas de deslizamientos de tierra inducidos por terremotos” en el Mapa de zonas de riesgo sísmico de California .
Verifique también si la propiedad excede una pendiente promedio de 4 horizontales a 1 vertical (4H:1V) según el Mapa Topográfico de San Francisco: Pendiente 4H:1V .
2. Verificar las actividades de construcción propuestas
Debe cumplir con los requisitos de protección de pendientes si la construcción propuesta implica alguno de los siguientes:
- Construcción de un nuevo edificio o estructura con más de 1000 pies cuadrados de área de techo nueva proyectada
- Adición horizontal y/o vertical que totaliza más de 500 pies cuadrados de área de techo nuevo proyectado
- Puntales
- Sustentación
- Nivelación de más de 50 yardas cúbicas de materiales de tierra (incluida excavación y/o relleno)
- Cualquier otra actividad de construcción que pueda tener un impacto sustancial en la estabilidad de taludes.
3. Contrate a un ingeniero civil, estructural o geotécnico o a un arquitecto para que complete la Lista de verificación de protección de taludes.
Un ingeniero o arquitecto con licencia en California debe completar y sellar la lista de verificación.
4. Presentar la lista de verificación y otros documentos cuando se solicita un permiso de construcción
Adjunte lo siguiente:
- Lista de verificación de protección de zonas de riesgo sísmico y de pendientes completada, firmada y sellada
- Planos que muestran el contorno de la propiedad, utilizando el Mapa Topográfico de San Francisco: Pendiente 4H:1V como referencia.
Special cases
Revisión de diseño intensificada por terceros
Si se requiere una revisión exhaustiva del diseño por parte de terceros, DBI seleccionará un panel de expertos para que participen. Estos expertos serán una combinación de ingenieros geotécnicos, ingenieros estructurales y/o geólogos ingenieros certificados. En la medida de lo posible, se seleccionarán de una lista de expertos recomendados por la Asociación de Ingenieros Estructurales del Norte de California.
Usted los contratará y les pagará por sus servicios. Ellos informarán directamente al DBI con sus hallazgos.
Revisión del Comité Asesor Estructural
El Comité Asesor Estructural lleva a cabo una revisión técnica exhaustiva en un formato de foro público . Se convocará a un panel de expertos a partir de una lista de expertos recomendados por la Asociación de Ingenieros Estructurales del Norte de California, cuando sea posible. Cualquier parte interesada también puede dar recomendaciones de candidatos para el comité.
Estos expertos incluirán como mínimo:
- Ingeniero geotécnico
- Ingeniero estructural
- Geólogo ingeniero certificado
- Arquitecto con licencia
Usted los contratará y les pagará por sus servicios. El comité informará directamente a DBI con sus hallazgos.
Consulte la Sección 105A.6 del Código de Construcción de SF para obtener detalles sobre el Comité Asesor Estructural.
Durante la revisión del plan
Con la ayuda del comité interno de la Ley de Protección Sísmica y de Pendientes, el revisor del plan asignará su proyecto a un nivel que indica el nivel y el alcance de la revisión que se requiere.
Dependiendo de la cantidad de impacto de la pendiente, es posible que se requiera que el proyecto cuente con una revisión de diseño más exhaustiva por parte de un tercero o con un Comité Asesor Estructural.
Más información
Para obtener detalles completos, consulte la Hoja de información S-19 .
Obtener ayuda
Correo electrónico
Agencias asociadas
Qué saber
Requisitos
Debe cumplir con los requisitos de protección de pendientes si se cumplen todas las condiciones siguientes:
- La propiedad está dentro de una zona de deslizamientos de tierra o en una pendiente pronunciada.
- Las obras de construcción pueden afectar la estabilidad de los taludes.
Exenciones
Los requisitos de protección de pendientes no se aplican a:
- Propuesta de construcción sin planos
- Construcción propuesta sin alteraciones estructurales ni nivelación con menos de 50 yardas cúbicas de materiales de tierra.
¿Qué hacer?
1. Revisar las zonas afectadas
Consulte los números de bloque del evaluador específico necesarios para que un Comité Asesor Estructural realice una revisión:
- Área de protección de la ladera de la montaña Edgehill (2875, 2876, 2923, 2933, 2934, 2935, 2936A y 2936B)
- Área de protección de la pendiente noroeste del monte Sutro (1850, 1851, 2635, 2636, 2638, 2674, 2675, 2676, 2677 y 2686)
Verifique si alguna parte de la propiedad se encuentra dentro de las “Zonas de deslizamientos de tierra inducidos por terremotos” en el Mapa de zonas de riesgo sísmico de California .
Verifique también si la propiedad excede una pendiente promedio de 4 horizontales a 1 vertical (4H:1V) según el Mapa Topográfico de San Francisco: Pendiente 4H:1V .
2. Verificar las actividades de construcción propuestas
Debe cumplir con los requisitos de protección de pendientes si la construcción propuesta implica alguno de los siguientes:
- Construcción de un nuevo edificio o estructura con más de 1000 pies cuadrados de área de techo nueva proyectada
- Adición horizontal y/o vertical que totaliza más de 500 pies cuadrados de área de techo nuevo proyectado
- Puntales
- Sustentación
- Nivelación de más de 50 yardas cúbicas de materiales de tierra (incluida excavación y/o relleno)
- Cualquier otra actividad de construcción que pueda tener un impacto sustancial en la estabilidad de taludes.
3. Contrate a un ingeniero civil, estructural o geotécnico o a un arquitecto para que complete la Lista de verificación de protección de taludes.
Un ingeniero o arquitecto con licencia en California debe completar y sellar la lista de verificación.
4. Presentar la lista de verificación y otros documentos cuando se solicita un permiso de construcción
Adjunte lo siguiente:
- Lista de verificación de protección de zonas de riesgo sísmico y de pendientes completada, firmada y sellada
- Planos que muestran el contorno de la propiedad, utilizando el Mapa Topográfico de San Francisco: Pendiente 4H:1V como referencia.
Special cases
Revisión de diseño intensificada por terceros
Si se requiere una revisión exhaustiva del diseño por parte de terceros, DBI seleccionará un panel de expertos para que participen. Estos expertos serán una combinación de ingenieros geotécnicos, ingenieros estructurales y/o geólogos ingenieros certificados. En la medida de lo posible, se seleccionarán de una lista de expertos recomendados por la Asociación de Ingenieros Estructurales del Norte de California.
Usted los contratará y les pagará por sus servicios. Ellos informarán directamente al DBI con sus hallazgos.
Revisión del Comité Asesor Estructural
El Comité Asesor Estructural lleva a cabo una revisión técnica exhaustiva en un formato de foro público . Se convocará a un panel de expertos a partir de una lista de expertos recomendados por la Asociación de Ingenieros Estructurales del Norte de California, cuando sea posible. Cualquier parte interesada también puede dar recomendaciones de candidatos para el comité.
Estos expertos incluirán como mínimo:
- Ingeniero geotécnico
- Ingeniero estructural
- Geólogo ingeniero certificado
- Arquitecto con licencia
Usted los contratará y les pagará por sus servicios. El comité informará directamente a DBI con sus hallazgos.
Consulte la Sección 105A.6 del Código de Construcción de SF para obtener detalles sobre el Comité Asesor Estructural.
Durante la revisión del plan
Con la ayuda del comité interno de la Ley de Protección Sísmica y de Pendientes, el revisor del plan asignará su proyecto a un nivel que indica el nivel y el alcance de la revisión que se requiere.
Dependiendo de la cantidad de impacto de la pendiente, es posible que se requiera que el proyecto cuente con una revisión de diseño más exhaustiva por parte de un tercero o con un Comité Asesor Estructural.
Más información
Para obtener detalles completos, consulte la Hoja de información S-19 .