INFORME

Boletín 2021-03: Aclaración de la frecuencia de las revisiones de antecedentes

La Oficina de Cannabis de San Francisco (OOC) emite este boletín para aclarar con qué frecuencia los propietarios, según se define en el Artículo 16 del Código de Policía de San Francisco, deben volver a someterse a una revisión de antecedentes.

De conformidad con la Sección 1615(e) del Código de Policía de San Francisco, “la [Oficina de Cannabis] realizará una revisión exhaustiva de la naturaleza del delito, la condena, las circunstancias y la evidencia de rehabilitación del Solicitante o Propietario, y evaluará la idoneidad del Solicitante o Propietario para que se le emita un permiso basado en la evidencia encontrada a través de la revisión”.

Los propietarios deben someterse a una revisión de antecedentes como parte de su solicitud de permiso comercial de cannabis. Además, los propietarios deben volver a someterse a una revisión de antecedentes cada tres (3) años para asegurarse de que los resultados de su análisis en vivo estén actualizados.

Después de la emisión del permiso, el Propietario puede cumplir con este requisito ya sea sometiéndose a una revisión de antecedentes cada tres (3) años o sometiéndose a una revisión de antecedentes antes de solicitar la renovación del permiso en el tercer año en que la revisión de antecedentes quede obsoleta, lo que ocurra más tarde. Si tiene alguna pregunta, comuníquese con la OOC a officeofcannabis@sfgov.org .

Publicado el 5/1/2021

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