PÁGINA DE INFORMACIÓN
Servidor de procesos
El propósito de un registro de servidor de procesos es poner a disposición del público el registro de cualquier persona que, por una compensación específica, realice más de diez servicios de proceso dentro de este estado durante un año calendario.
Los registros de notificadores judiciales son válidos por dos años. Se requiere un Live Scan para el registro inicial o si ha habido un lapso en el registro anterior. La presentación debe realizarse en el condado donde el notificador judicial reside o tiene su sede principal. El notificador judicial debe ser residente de California durante al menos un año inmediatamente anterior a la presentación.
Personas exentas del registro
- Cualquier sheriff, alguacil o empleado del gobierno que actúe en el curso de su empleo.
- Un abogado o sus empleados.
- Cualquier persona especialmente designada por un tribunal para notificar su proceso.
- Un investigador privado autorizado o sus empleados.
Para registrarse como notificador de procesos
- Completar una solicitud de Certificado de Registro
- Un formulario de informe de "Ya no está interesado" completo (se requiere uno por individuo, por cada socio general o por cada funcionario corporativo).
- Fianza de una compañía de fianzas por un monto de $2,000 con cobertura por el período de inscripción de dos años. El nombre en la fianza debe coincidir con el nombre indicado en el formulario de solicitud. La fianza debe estar a favor del Estado de California E incluir el nombre del condado donde se presentará la fianza (condado principal).
- Se requiere una prueba del servicio de escaneo en vivo (copia del formulario de escaneo en vivo completado por el servicio de escaneo en vivo) al presentar solicitudes de notificador de procesos para una persona o cada socio general o funcionario corporativo. Las renovaciones no requerirán el proceso de envío de escaneo en vivo, siempre que no haya habido un lapso en el período de registro. Los solicitantes deben obtener un servicio de escaneo en vivo. El formulario de envío del solicitante se puede obtener en nuestra oficina o puede descargarlo (formulario de escaneo en vivo) antes de ir a uno de los sitios de escaneo en vivo aprobados. Una lista actualizada de los sitios de escaneo en vivo que ofrecen servicios de huellas digitales electrónicas está disponible para el público en el sitio web del Procurador General .
Nota: El Departamento de Justicia (DOJ) sólo aceptará imágenes de huellas dactilares y datos relacionados si dichas imágenes e información relacionada se transmiten electrónicamente. Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2005, ya no se aceptarán tarjetas de huellas dactilares (FD 258).
- Si se registra como individuo, dos (2) fotografías tamaño pasaporte para sus documentos de identificación (temporal y permanente). Se debe presentar una identificación válida. Si se registra como corporación o sociedad, no se requieren fotografías.
- Si el registro contiene un DBA, se deberá presentar una copia de su DBA/FBN (Declaración de nombre comercial ficticio) actual.