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Preguntas frecuentes sobre órdenes sanitarias
Preguntas frecuentes sobre las órdenes de los funcionarios de salud sobre el uso de mascarillas y las vacunas en entornos sanitarios y penitenciarios.
Nota: Estas preguntas frecuentes tienen como objetivo responder sus preguntas sobre la Orden de Salud, pero no se actualizan con tanta frecuencia. Por lo tanto, si hay alguna diferencia, siga lo que dice la Orden de Salud actual.
Enmascaramiento
¿Dónde es necesario el uso de mascarilla?
El 16 de octubre de 2024, el Oficial de Salud emitió la Orden del Oficial de Salud No. 2024-01, que requiere el uso obligatorio de mascarillas únicamente para el personal en los centros de enfermería especializada.
A partir del 1 de noviembre de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025 (a menos que se modifique o derogue antes), el personal que trabaje en centros de enfermería especializada deberá usar una mascarilla bien ajustada en todo momento cuando se encuentre en la misma habitación que los pacientes o residentes. La orden no se aplica a ningún otro entorno de atención médica en San Francisco.
Ejemplos de lugares donde se requiere usar una mascarilla bien ajustada incluyen: salas de espera; salas de examen, atención o tratamiento; habitaciones residenciales; pasillos; cualquier habitación en la que se brinde atención médica; áreas de clasificación o evaluación de pacientes; baños; áreas administrativas u oficinas; áreas abiertas interiores que forman parte de una habitación más grande o un espacio contiguo (como estaciones de enfermería, áreas de recepción, áreas con espacios de trabajo que no tienen una puerta que se cierra, pasillos, salas de reuniones, etc.); estructuras cerradas temporales (incluidas una carpa o refugio cerrado); salas recreativas o de actividades; habitaciones dentro de la instalación donde se brindan servicios personales (como peluquería, etc.); y salas de entrevistas.
Este requisito no se aplica a espacios que no estén cerrados, como patios al aire libre o áreas de ejercicio, caminos, etc.
¿Quién está obligado a utilizar una mascarilla bien ajustada?
Todas las personas remuneradas y no remuneradas que trabajan en centros de enfermería especializada en interiores en San Francisco donde (1) se brinda atención a los pacientes, o (2) los pacientes o residentes tienen acceso para cualquier propósito. Dicho personal que debe usar mascarilla incluye, entre otros, enfermeras, asistentes de enfermería, médicos, técnicos, terapeutas, flebotomistas, farmacéuticos, estudiantes y aprendices, personal contratado no empleado por el centro de enfermería especializada y personas que no participan directamente en la atención de los pacientes, pero que podrían estar expuestas a agentes infecciosos que pueden transmitirse en el entorno de atención médica (por ejemplo, personal administrativo, dietético, de servicio de comidas, de servicios ambientales, de lavandería, de seguridad, de ingeniería y gestión de instalaciones, administrativo, de facturación y voluntario).
Además, el requisito de usar una mascarilla bien ajustada cuando se está en la misma habitación que los pacientes o residentes también se aplica a las personas que solo visitan dichos lugares de manera intermitente u ocasional o por períodos cortos de tiempo, como repartidores, contratistas, reguladores, bomberos, técnicos médicos de emergencia, paramédicos, policías y otras fuerzas del orden.
En la orden se enumeran excepciones limitadas a estos requisitos.
Vacunación
¿Cuáles son los requisitos para la vacunación contra la COVID-19 para el personal sanitario?
El 16 de octubre de 2024, el Oficial de Salud rescindió (finalizó) la Orden del Oficial de Salud No. 2023-02, que requería la vacunación contra la COVID-19 del personal en entornos de atención médica.
El Oficial de Salud recomienda que los centros de atención médica y el personal sigan todas las normas federales y estatales de vacunación. Se recomienda que todos los trabajadores de la salud estén al día con todas las vacunas contra enfermedades prevenibles mediante vacunación.