Gestione COVID-19 en escuelas, guarderías y programas para jóvenes

Siga esta guía para ayudar a mantener saludables a los niños y al personal.

Qué debe hacer

Para obtener orientación sobre cómo reducir la propagación de la COVID-19 en escuelas, guarderías y programas para niños y jóvenes, consulte lo siguiente:

Recursos del Departamento de Salud Pública de California (CDPH, siglas en inglés) para las escuelas

Recursos del CDPH para guarderías

 

El SFDPH ya no brinda asesoramiento local separado para escuelas, guarderías y programas para niños y jóvenes. Consulte el asesoramiento del CDPH previamente mencionado para estos entornos.

Debido a que las nuevas variantes de COVID pueden propagarse más fácilmente, el SFDPH ya no hace un seguimiento de los casos individuales de COVID en las escuelas. Esta no es una estrategia de salud pública eficaz. Como resultado, lo siguiente se aplica actualmente:

 

Para los casos relacionados con niños y jóvenes

  • Tras haber finalizado el estado de emergencia por COVID‑19, la división Otorgamiento de Licencias para Servicios de Cuidado en la Comunidad ha vuelto a implementar los requisitos habituales de presentación de informes para el otorgamiento de licencias que regían antes de la pandemia.
  • A partir del 1 de marzo de 2023, los centros de cuidado infantil con licencia no tienen la obligación de informar de casos particulares de COVID-19 positivo, según se establecía en las pautas del Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS, siglas en inglés).
  • Los centros de cuidado infantil con licencia deben seguir informando de cualquier brote a la Oficina Regional de Otorgamiento de Licencias pertinente.

 

En el caso de brotes de COVID‑19 (en estudiantes, jóvenes o personal) que se registren en entornos educativos, siga estos pasos:

  • Las escuelas, los centros de cuidado infantil y los programas que prestan servicios a niños y jóvenes pueden informar de nuevos casos al SFDPH cuando al menos el 5 % de la población de su entorno —incluidos los alumnos y el personal— haya informado de casos de COVID-19 sospechoso o confirmado en un período de 14 días.
  • La Cal/OSHA exige que se informe de cualquier brote en empleados que registre 20 casos o más.
  • Las escuelas, los centros de cuidado infantil y los programas que prestan servicios a niños y jóvenes tienen la obligación de cumplir con el resto de las disposiciones establecidas en el inciso 6409.6 del Código Laboral; es decir, informar de cualquier exposición al COVID‑19 por parte de los empleados en el entorno de trabajo. 
  • A fin de informar de brotes de COVID‑19 de forma voluntaria, utilice el portal (SPOT).

 

Para obtener más información sobre cómo utilizar el sistema del Portal Escolar para el Seguimiento de Brotes (SPOT), consulte Demostración de SPOT 2.0: Cambios en el Portal SPOT o el Resumen de SPOT 2.0 

La privacidad y confidencialidad de los estudiantes y las escuelas es importante. SFDPH no comparte públicamente si ha habido casos de COVID en un sitio escolar específico. SFDPH no discute casos con personas que no estén involucradas para garantizar la privacidad y confidencialidad del paciente.

Obtenga ayuda

Orientación y asistencia técnica

Gestión de brotes y asistencia técnica

cases.schools@sfdph.org

Última actualización June 13, 2024